Las nuevas normas en la circulación que entran hoy en vigor: Peatones, ciclistas, usuarios de VMP o motocicletas
A partir de hoy, 1 de octubre, entran en vigor las modificaciones del Reglamento General de Circulación aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio.
La reforma tiene como objetivo prioritario incrementar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía y adaptar la normativa a las nuevas formas de movilidad.
Vehículos de movilidad personal (VMP)
-Edad mínima para conducir: 15 años.
-Casco de protección obligatorio y chaleco reflectante obligatorio durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Infracción grave con sanción económica de 200 euros.
-Alumbrado obligatorio permanentemente, también de día, a partir del 1 de octubre de 2027.
-Seguro de responsabilidad civil obligatorio.
-Velocidad máxima: 25 km/h.
-Prohibido circular por aceras.
-Prohibido el uso de auriculares y/o teléfono móvil.
-Fuera de los núcleos urbanos, podrán circular por vías segregadas del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, salvo prohibición señalizada.
Bicicletas
En vías interurbanas:
-Casco obligatorio para todos los ciclistas, eliminándose las exenciones existentes. Infracción grave con sanción económica de 200 euros.
-Para adelantar a ciclistas será necesario: Reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido.
En vías urbanas:
-Circular preferentemente por el centro del carril.
-Mantener una distancia mínima de 5 metros entre vehículos a motor y ciclistas que circulen delante por el mismo carril.
-Posibilidad de circular en ambos sentidos en calles de un único carril con velocidad máxima de 30 km/h.
Motocicletas y Ciclomotores
-Guantes de protección obligatorios en vías interurbanas y calzado cerrado obligatorio en cualquier tipo de vía. Infracción grave con sanción económica de 200 euros.
-El casco homologado, y no simplemente certificado, será obligatorio para los usuarios de ciclomotor a partir del 1 de octubre de 2027.
-Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Infracción grave con sanción económica de 200 euros.
-Los motoristas podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, sin superar los 30 km/h y previa señalización del tramo.
Cinturón de seguridad
Se eliminan determinadas exenciones y el uso del cinturón será obligatorio en todo momento para:
-Conductores de taxis.
-Conductores de vehículos de mercancías.
-Conductores de vehículos de enseñanza de la conducción.
Se establece una excepción para los pasajeros de ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando, en servicio de urgencia, ocupen el habitáculo del paciente.
Autocaravanas
-No podrán extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo.
-Deberán descansar sobre los neumáticos.
-No podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Otras normas en vías interurbanas
-Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
-En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
-Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”.
Otras normas en vías urbanas
-En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
-Se dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros, definiéndolo como aquel conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
